Si el patrono impide ejercer derecho al voto el 30 de julio, el MPPPST invita a trabajadores a denunciar este hecho a través del 0800 TRABAJO

Por Marbelys Mavárez Laguna

El Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (MPPPST) señaló  a los trabajadores y trabajadoras del país a realizar denuncias en aquellos casos en que los patronos les impidan ejercer el derecho al voto. De esta forma, el Despacho del Trabajo invitó a realizar la denuncia a través del número telefónico 0800TRABAJO o  0800-8722256. La finalidad consiste en garantizar que este derecho sea garantizado.

El voto es un derecho de los trabajadores y trabajadoras del país, según lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). En tal sentido, el artículo 62 de la CRBV reza de la siguiente forma: “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos y elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.

Por otra parte, el artículo 63 señala lo siguiente: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.” Y el artículo 70: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante”.

Las normas antes señaladas están en concordancia con los artículos 21, 24 y 25 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT).

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