Caracas 15 de julio de 2016.- Con la finalidad de convertir a Kimberly Clark en la empresa que el país requiere para garantizar los productos a los venezolanos y venezolanas, se nombrará una Junta Administradora, tal como lo estipula la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt) que permita la participación de la Clase Obrera, que esté vinculada a los procesos administrativos y productivos.
Así lo informó el ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, Oswaldo Vera, durante la firma de la resolución que ordena la ocupación de la empresa Kimberly Clark Venezuela y el reinicio de las actividades productivas, en protección del proceso social de trabajo, de los trabajadores, las trabajadoras y sus familias.
Explicó que la idea es convertir a Kimberly Clark en una mejor empresa que produzca para el pueblo. Recordó que ahora la Clase Obrera tendrá doble responsabilidad: por la Patria y la segunda consiste en garantizar que cada producto que allí se elabore llegue a cada hogar del país.
La Clase Obrera está acompañada
Agregó que el presidente Nicolás Maduro les envió un mensaje a los trabajadores y trabajadoras, luego que los dueños de la Empresa se fueron del país sin contemplación alguna: “ustedes no van a estar solos, porque hay un Gobierno revolucionario que estará de su lado y que no los va a desamparar”.
De acuerdo con lo que establece el artículo 149 de la Lottt, que habla de la “protección de las fuentes de trabajo y de los puestos de trabajo”, se establece además que en caso de cierre de la entidad de trabajo y luego que el Ministro a solicitud de los trabajadores ordene la ocupación de la empresa y el reinicio de las actividades, se debe instalar una Junta Administradora Especial que tendrá facultades y atribuciones necesarias para garantizar el funcionamiento de la entidad de trabajo y la preservación de los puestos de trabajo.
La Junta Administradora Especial estará integrada por dos representantes de los trabajadores y trabajadoras, uno o una de los cuales la presidirá, y un o una representante del patrono o patrona. En caso de que el patrono o patrona decida no incorporarse, será sustituido por otro u otra representante de los trabajadores y trabajadoras.
Por intermedio del MPPPST, los trabajadores y trabajadoras podrán solicitar al Estado la asistencia técnica que sea necesaria para la activación y recuperación de la capacidad productiva. La vigencia de la Junta Administradora Especial será hasta de un año, pudiendo prorrogarse si las circunstancias lo ameritan.
Redacción Elio García