¿Por qué defender la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras? (I)

Ante las objeciones y distintas afirmaciones que refieren la necesidad de derogar la Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, un instrumento legal realmente vanguardia en lo que se refiere a la protección al trabajador como sujeto histórico-social, presentamos algunas prerrogativas que ofrece esta Ley, promulgada en el año 2012 por el presidente Hugo Chávez Frías. Se trata de un instrumento legal que coloca al país en la vanguardia en materia de legislación laboral al devolver beneficios que habían sido arrebatados, o que le fueron desconocidos a la clase obrera.

Este  instrumento legal fue aprobado con miras a acabar con la explotación a la que fueron sujetos, históricamente, los trabajadores del país. Por otra parte, busca garantizar la estabilidad de la familia al reconocer derechos que posibilitan un mejor relacionamiento entre las partes de esta Institución, y entre ésta con el espacio laboral, lugar en el cual transcurre gran parte de la vida de un trabajador. De manera tal que no es retórico cuando se afirma la imperiosa necesidad de defender este instrumento legal. Veamos:

  • Retroactividad de prestaciones (artículos 141,142)

Con la aprobación de la LOTTT, la clase obrera recupera la retroactividad de las prestaciones, sistema que fue arrebatado en 1997 durante el gobierno de Rafael Caldera.

El nuevo instrumento permite ahora que, al terminar la relación de trabajo, se calculen las prestaciones con base al último salario y tomando en cuenta los años de servicio.

A diferencia de la antigua ley, que establecía el pago de las prestaciones a partir de los tres meses, el trabajador gozará de las mismas desde el primer día de trabajo.

Las prestaciones sociales deberán cancelarse dentro de los cinco días siguientes al término de la relación laboral.

  • Protección a la familia: reposo postnatal (artículos 336, 339, 343, 344 y 345)

La nueva ley también se ubica en la vanguardia en materia de protección a la familia con beneficios como la extensión a 20 semanas del permiso postnatal, las licencias de paternidad y la inamovilidad laboral para quienes tengan un hijo menor de tres años.

La Ley establece que el permiso prenatal será de seis semanas y el postnatal de veinte. La anterior ley sólo contemplaba seis semanas antes del parto y doce semanas después del alumbramiento.

La ley mantiene para el padre el permiso de 14 días continuos por el nacimiento de un hijo, que fue fijada en la Ley de Protección de la Familia, pero que no figuraba en la legislación de 1997.

La LOTTT también contempla la extensión a dos años de la inamovilidad laboral para los padres y madres. Uno de los aspectos novedosos de esta ley es que las mujeres con hijos que padezcan alguna discapacidad tendrán inamovilidad permanente, cuestión que no estaba prevista en la vieja LOT.

En lo que se refiere a la lactancia, los patronos tendrán la obligación de tener o de pagar un centro de educación inicial con sala para amamantar y permitir dos permisos al día –de media hora cada uno– a la madre para que le dé pecho a su bebé.

Los permisos para la madre serán de media hora si el centro de lactancia queda en el lugar de trabajo, y de hora y media si está alejado de su puesto de labores.

  • Reducción de jornada (artículos 173, 176)

La ley contempla además la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales, establece el derecho de dos días de descanso por semana y prevé mecanismos para garantizar la estabilidad del empleo.

En las empresas de trabajo continuo –24 horas al día y siete días a la semana– la jornada será de 42 horas pero los trabajadores tendrán una compensación: un día adicional de vacaciones ese año, cada vez que laboren seis días por semana.

 

  • Fin a los despidos no justificados (artículos 77, 79 y 89)

Con la LOTTT se acabaron los despidos injustificados. En caso de que un trabajador no esté de acuerdo con el despido, podrá acudir a un juez de trabajo y si éste comprueba que no hay razones para que la empresa haya cesado la relación laboral, procederá a ordenar el reenganche.

  • Inamovilidad (artículo 94)

Si una persona tiene inamovilidad laboral, el patrono no puede despedirlo sin una autorización de la Inspectoría del Trabajo que demuestre que el trabajador cometió una falta.

  • Utilidades y vacaciones (artículos 131, 190, 192)

La LOTTT fija que el pago mínimo de las utilidades será de 30 días, lo que representa el doble de lo contemplado en la anterior legislación de 1997.

En el caso de los trabajadores que no reciban utilidades sino bonificación de fin de año, se prevé un plazo de 30 días para el pago del mismo.

El bono vacacional será de 15 días más un día adicional por cada año de servicio, hasta un total de 30 días, lo cual representa 8 días más que en la vieja LOT, donde se otorgaban solo 7 días más uno adicional por cada año de servicio, hasta un total de 21 días.

  • Fin de la tercerización (artículos 47, 48)

La nueva LOTTT acaba con las simulaciones de la relación laboral:  «empresas intermediarias» que contratan y pagan salarios cuando realmente los trabajadores prestan servicios para otro patrono.

Asimismo, se elimina el fraude de los «contratos mercantiles», que algunos empleadores obligan a firmar a sus trabajadores para decir que no se trata de una relación de trabajo sino de carácter comercial. La ley establece un plazo de tres años para que las empresas absorban a los tercerizados.

Solo quedarán las empresas contratistas reales que hacen trabajos eventuales y que no están hechas para simular la relación laboral.

Redacción: Prensa MPPPST

El MPPPST informa a las entidades inscritas ante el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (RNET), que la plataforma estará habilitada para realizar la declaración del primer trimestre del 2024.

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