Publican en Gaceta Oficial regulación del Registro Nacional de Entidades de Trabajo y Solvencia Laboral

Este jueves 7 de mayo fue publicada en la Gaceta Oficial número 40.655 la Resolución Ministerial N° 9.108, la cual deroga la N°4.524 de fecha 21 de marzo del año 2006 y modificada a través de la gaceta Nº 40.064 en diciembre del año 2012,  la misma regula el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (RNET) y la emisión de la Solvencia Laboral.

La nueva Resolución Ministerial establece que el Registro Nacional de Entidades Trabajo (RNET) y emisión de la Solvencia Laboral será automatizado, tendrá carácter único, público y obligatorio de las Entidades de Trabajo para mantener la condición de solvente.

La consulta de los registros de solvencia se realiza en línea en el momento en que se solicite, verificándose el cumplimiento por parte de la Entidad de Trabajo de los deberes establecidos en la LOTTT con sus trabajadores y trabajadoras, con los organismos encargados de recaudar las cotizaciones asociadas a los regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social, así como el acatamiento de las órdenes e instrucciones destinadas a la protección del proceso social de trabajo emanadas de los órganos o entes públicos que consta el Registro Nacional de Entidades de Trabajo.

La Resolución N° 9.108 establece que a los fines de efectuar la inscripción en el registro, la entidad de trabajo llenará la planilla electrónica correspondiente, a través del sistema automatizado del RNET, disponible en el portal web del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (MPPPST), www.mpppst.gob.ve, a fin de obtener el Número de Identificación Laboral (NIL), que se emitirá a través de un Certificado Electrónico.

El sistema de registro validará, de manera inmediata, la información suministrada por la entidad de trabajo mediante el sistema de interoperabilidad con los órganos y entes del Estado. Asimismo, la constancia de Solvencia Laboral la otorgará el MPPPST mediante certificación electrónica emanada del RNET. Estos registros estarán disponibles por interoperabilidad para uso en los Entes que los soliciten y cumplan con los trámites y permisología correspondientes.

Este Sistema es una herramienta construida por trabajadores del MPPPST, la cual cumple con la ley de Infogobierno con respecto al uso de tecnologías libres y códigos abiertos, de fácil mantenimiento, escalabilidad, adaptabilidad y es auditable.

En conformidad con la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, este nuevo sistema significa la eliminación de 17 recaudos que antes se solicitaban. Además, el servicio de registro se realiza de manera no presencial, en línea y con las ventajas de poder realizarse desde cualquier acceso a Internet, disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. Con ello se elimina la discrecionalidad humana en el proceso de registro y emisión de solvencia para contribuir a eliminar el burocratismo.

A través de la simplificación y automatización de los trámites administrativos en el MPPPST, se destaca el compromiso del Gobierno Bolivariano del Presidente Nicolás Maduro, en poner a la disposición del pueblo de manera más eficiente y con calidad  revolucionaria, los servicios públicos, fundamentado en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas.

Redacción: L. Hernández

El MPPPST informa a las entidades inscritas ante el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (RNET), que la plataforma estará habilitada para realizar la declaración del primer trimestre del 2024.

La página estará activa hasta el 15 de mayo.

Esto se cerrará en 20 segundos

Popup Dialog Box Powered By : XYZScripts.com