¿Cuáles serán los beneficios de la Ley Antibloqueo para contrarrestar la agresión imperial?

La Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la garantía de los DDHH presentada por el presidente de la República, Nicolás Maduro, a consideración de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), representa una respuesta jurídica para hacer frente al bloqueo que como política de Estado ha aplicado el Gobierno de EE.UU. para axfisiar y agredir a todo el pueblo venezolano.

¿Pero en qué consiste esta ley?

Sencillo, se trata de un marco normativo especial y temporal que estará vigente mientres dure el bloqueo y medidas coercitivas unilaterales impuestas por la Casa Blanca contra el pueblo de Venezuela.

Es decir, este instrumento legal, de carácter constitucional, dotará al Estado de herramientas jurídicas para contrarrestar, mitigar y reducir los efectos e impactos de la políticas criminal de sanciones por parte de EE.UU.

Busca:

  • Proteger al pueblo venezolano, mitigar los impactos, compensar los daños causados por el bloqueo y garantizar la vigencia de los Derechos Humanos.
  • Generar recursos a la nación, impulsar la economía productiva, proteger los activos y recursos del país y blindar la economía frente los ataques y amenazas de derivadas de la aplicaciónde sanciones y otras amenazas.
  • Afirmar la soberanía y la libre auto determinación del pueblo venezolano, del Estado y la Patria venezolana frente al intento de avasallarla y destruirla.

El alcance de esta Ley Constitucional abarca a todas las ramas del Poder Público, al tener el deber de contribuir con su aplicación, así como las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas en todo el territorio nacional.

¿Es necesaria una Ley ante el bloqueo imperial?

El propio presidente de la República aseguró que el bloqueo es una política de Estado imperial y debe ser respondida con acciones y herramientas de Estado que estén a la altura la gravedad del problema. Tal afirmación se basa en en dos leyes del Congreso estadounidense, de los años 1976 y 1977, que otorgan poderes especiales al Presidente de Estados Unidos ante situaciones de emergencia nacional.

Por ello, Barack Obama, en el año 2015, declaró a Venezuela una “amenaza inusual y extraordinaria a la seguridad nacional de Estados Unidos”, apoyado en una política sustentada jurídicamente sobre una situación de excepcionalidad, que permite al jefe del imperio amenazar y agredir a otras naciones, perseguir y sancionar personas e instituciones, dentro y fuera de Estados Unidos, confiscar fondos y activos, hasta ejecutar acciones militares.

Ante esa situación, la Ley Anti bloqueo asume el concepto de Naciones Unidas de las medidas coercitivas unilaterales, al considerarlas como: “medidas económicas, comerciales u otras medidas adoptadas por un Estado, grupo de Estados u organizaciones internacionales que actúan de manera unilateral para obligar a un cambio de política de otro Estado, o para presionar a individuos, grupos o entidades de los estados seleccionados para influir en su curso de acción”. 

De ahí que la Ley Antibloqueo se ajuste plenamente al Derecho Internacional Público y en especial al derecho al desarrollo.

¿A dónde irán dirigidos los recursos que genere?

Venezuela necesita buscar fórmulas para poder comerciar libre y legalmente con el mundo sin temor a las represalias de Estados Unidos, así como también  recuperar los ingresos del país apoyándose en las fortalezas y capacidades para poder defender al pueblo de los terribles efectos del bloqueo.

Por ello, los recursos estarán destinados a:

¿Cuáles serán los beneficios de la Ley Antibloqueo para contrarrestar la agresión imperial?
Foto: Cortesía

¿Cuáles medidas incluye?

  • Mecanismos financieros para restituir progresivamente el valor de las prestaciones sociales, beneficios acumulados y ahorros obtenidos por los trabajadores.
  • Medidas financieras y jurídicas para el resguardo y la protección de activos de la República ante las medidas coercitivas unilaterales.
  • Gestión dinámica y estratégica de activos y de pasivos de la República para incrementar el flujo de divisas al país.
  • Medidas para estimular la participación del sector privado nacional e internacional en el desarrollo de la economía nacional, incluyendo garantías para la inversión productiva.
  • Potenciar capacidades productivas y generar recursos al país, resguardando las provisiones constitucionales en áreas y sectores estratégicos.
  • Plena estabilidad laboral y garantía del disfrute de sus derechos laborales y sociales para los y las trabajadoras de sectores que participen en proyectos desarrollados a partir de esta Ley.

¿Quién controlará y supervisará la Ley?

  • La Ley estará sujeta a controles constitucionales en un marco de cooperación y colaboración para el cumplimento de sus altos fines por parte de todas las ramas del Poder Público.
  • Por sus objetivos y naturaleza estratégica, corresponderá directamente al Consejo de Estado la supervisión y seguimiento de la aplicación de la Ley, y la verificación del cumplimiento de sus fines en la mitigación y reducción de los impactos causados por las MCU.
  • Todos los actos públicos dictados en aplicación de esta ley quedan sometidos a control posterior por parte de la Controlaría General de la República. Prensa Web VTV

Las Entidades de Trabajo que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Entidades de Trabajado (RNET), se les informa que la plataforma estará habilitada para hacer la declaración trimestral correspondiente al primer trimestre del presente ejercicio fiscal, hasta el 31 de mayo de 2024.

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